En 2017, el Banco de Portugal, entidad encargada de asegurar la fiabilidad de las transacciones financieras en el país luso, aprobó la utilización de la videoconferencia como sistema para la identificación de personas que quieran contratar servicios o adquirir productos de forma remota.
Esta enmienda específica que las instituciones con sede o sucursal a lo largo del territorio portugués podrán abrir cuentas, firmar contratos, a través de canales digitales. Aclara que la necesidad de hacerlo presencialmente deja de serlo para convertirse en una opción de alta. El cliente ya no tiene que acudir a una sucursal o a otro sitio concreto sí o sí. Podrán conseguir el mismo resultado a través de sus ordenadores o móviles mostrando sus documentos de identificación mediante videollamadas.
Esta iniciativa refleja, una vez más, que la digitalización de los productos y servicios es imparable. Las entidades tienen que adaptarse a las nuevas expectativas de los usuarios y garantizar su igualdad con respecto a ciudadanos de otros países en los que ya disfrutan de esos avances tecnológicos.
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